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Torres destacó la primera demanda por extinción de dominio a ex funcionario público condenado por corrupción: «Seguimos construyendo una provincia más justa y transparente»

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Así lo expresó el titular del Ejecutivo, luego de la presentación realizada ante el Superior Tribunal de Justicia y que apunta al decomiso de los bienes adquiridos de manera ilegítima por el ex presidente de Lotería del Chubut, Carlos Barbato, y su esposa Graciela Perrone, entre 2016 y 2019 cuando el primero se encontraba al frente del organismo autárquico. El matrimonio fue condenado por enriquecimiento ilícito en 2023, tras una exhaustiva investigación que logró corroborar el incremento desmedido e injustificado en el patrimonio de la pareja. «Vamos a seguir combatiendo la corrupción que durante tanto tiempo afectó el funcionamiento de las instituciones democráticas, perjudicando al Estado y, en definitiva a la ciudadanía, que hoy es testigo de un verdadero acto de Justicia», expresó el Gobernador.

El fiscal de Estado de Chubut, Andrés Meiszner, y el fiscal de Estado adjunto, Christian Martínez, presentaron ante la Justicia la primera demanda de extinción de dominio, enmarcada en la Ley XIII N° 28, sancionada durante la actual gestión y que estableció la creación del Régimen Procesal de la Acción Civil de Extinción de Dominio, con el objetivo de recuperar bienes adquiridos directa o indirectamente a través de delitos tipificados en el régimen procesal, y hechos de corrupción.

La demanda fue presentada ante el Superior Tribunal de Justicia, contra el ex presidente del Instituto de Asistencia Social (IAS) Lotería del Chubut, Carlos Barbato, entre 2016 y 2019; y su esposa Graciela Perrone. Ambos fueron condenados en 2023 a tres años y dos años de prisión condicional, respectivamente, por el delito de enriquecimiento ilícito como funcionario público y la segunda por ese delito aunque en carácter de interpósita persona, tras una exhaustiva investigación llevada a cabo por la Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Administración Pública, dependiente del Ministerio Público Fiscal.

La extinción de dominio abarca distintos bienes adquiridos por el matrimonio durante el paso de Barbato por la función pública entre 2016 y 2019, entre ellos una vivienda de 200m², de dos plantas con quincho incluido, construida sobre un predio de 300m² ubicado en el balneario Playa Unión de la localidad de Rawson; dos camionetas pickup y un vehículo de alta gama marca BMW; y un vehículo utilitario todoterreno (UTV) marca Artic Cat, modelo Trail T.

La solicitud enmarcada en la ley sancionada por la Legislatura en 2024, solicita «se declare la extinción del dominio sobre dichos bienes sin contraprestación ni compensación alguna a favor de los demandados, así como de sus frutos y productos, y se ordene el cambio de titularidad en favor del Estado Provincial», con la imposición de costas judiciales a las dos personas demandadas.

Decisión política

Al respecto, Torres señaló que «tal como lo dijimos cuando impulsamos el proyecto de ley que hoy es norma en nuestra provincia, a diferencia de lo que ocurrió durante muchos años, en Chubut hoy el crimen no rinde beneficios, y este gobierno está comprometido en recuperar los bienes adquiridos ilegítimamente, trasladándolos al dominio del Estado; es decir, regresándolo a los chubutenses».

La implementación de la Ley de Extinción de Dominio y la primera demanda contra un ex funcionario público condenado por corrupción «es una decisión política que apunta a seguir construyendo una provincia más justa y transparente, combatiendo la corrupción que durante tanto tiempo afectó el funcionamiento de las instituciones democráticas, perjudicando al Estado y, en definitiva a la ciudadanía, que hoy es testigo de un verdadero acto de Justicia».

Investigación y condena

Carlos Barbato, que se había desempeñado como titular del Instituto de Asistencia Social (IAS) Lotería del Chubut entre 2016 y 2019, fue hallado penalmente responsable, en el año 2023, del delito de «enriquecimiento ilícito de funcionario público», y condenado a tres años de prisión, más la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.

Por su parte, su esposa Graciela Perrone, fue declarada autora penalmente responsable del delito de «enriquecimiento ilícito en carácter de interpósita persona» y condenada a dos años de prisión.

En la demanda presentada ante el Superior Tribunal de Justicia, se expuso que «el producido de esos delitos se materializó en los bienes muebles e inmueble cuyo dominio se pretende extinguir, incorporados al patrimonio de los demandados con posterioridad a la fecha de la comisión del delito por el que resultaron condenados, en tanto que no se corresponden razonablemente con sus ingresos y representan un incremento patrimonial injustificado».

Carlos Barbato desempeñó el rol de presidente del IAS Lotería del Chubut entre enero de 2016 hasta julio de 2019, «período durante el cual incrementó significativamente su patrimonio, al que incorporó una vivienda y una serie de vehículos automotores, en un margen que no pudo ser justificado con los ingresos que percibía ni por ningún otro medio legítimo», indica el texto de la demanda.

El documento agrega que, durante dicho período, «Barbato no contó con ningún otro ingreso que no sea su sueldo proveniente de la administración pública, y su pareja, Perrone, se desempeñó en su rol de ‘Ama de Casa’, no percibiendo ningún tipo de emolumento que nutriera el patrimonio de ambos» hasta el año 2019, cuando fue incorporada a la administración pública provincial percibiendo un salario mensual de $31.000.

Flota de vehículos de alta gama

Las adquisiciones realizadas por el entonces funcionario, fueron acreditadas por la Justicia durante la investigación; información presentada en la actual demanda. Tal es así que, según describe el documento, en abril de 2016, Barbato adquirió un vehículo de alta gama Ford Mondeo cero kilómetro, mientras que en agosto del mismo año, adquirió un Ford Fiesta, también cero kilómetro.

En octubre de 2016, el entonces presidente de Lotería del Chubut compró dos cuatriciclos marca Gamma y Can-Am, respectivamente, ambos facturados a nombre de su esposa, y en abril del año siguiente, el matrimonio incorporó a su patrimonio un lote de 300 m² ubicado en Playa Unión, sobre la calle José Coronel, entre Canónigo Vivaldi y Laura Vicuña, inscripto a nombre de Graciela Perrone.

En abril de 2017, Barbato realizó la compra de una camioneta Ford Kuga cero kilómetro, y tres meses después, adquirió una pickup Chevrolet S10, también nueva.

El mismo año, el funcionario y su esposa afrontaron la construcción de una vivienda de dos plantas, con tres dormitorios y quincho, en el lote previamente adquirido, y durante el verano de 2018, Barbato hizo entrega del cuatriciclo Can-Am como parte de pago para la adquisición de un automóvil Audi A1.

Meses después, en febrero de 2019, el entonces presidente del organismo autárquico compraría un vehículo todoterreno UTV marca Artic Cat, mientras que en abril haría lo propio con una camioneta de alta gama Nissan Murano.

Extinción de dominio

La acción a cargo de la Oficina de Recupero de Activos del poder judicial, apunta a los bienes provenientes de los delitos previstos en los artículos 264 a 268 del Código Penal; es decir, delitos cometidos por funcionarios públicos, particularmente aquellos relacionados con la corrupción y el abuso de poder.

El Artículo 264 sanciona «al funcionario público que, por acto o por omisión, realice, retrase o deje de realizar algo que sea de su deber, a cambio de dinero o dádivas»; mientras que el Artículo 265 castiga «al funcionario público que, directamente o a través de interpósita persona, se interese económicamente en contratos u operaciones en los que intervenga por su cargo», y el Artículo 266 sanciona «al funcionario público que exija o reciba dinero o dádivas en forma indebida, en ocasión de su cargo».

En el mismo orden, el Artículo 267 castiga «el enriquecimiento ilícito del funcionario público, es decir, cuando se verifica un aumento patrimonial injustificado», a la vez que el Artículo 268 sanciona «al funcionario público que utilice información reservada de su cargo para obtener un beneficio personal o para terceros».

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