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El Gobierno reglamentó el nuevo Régimen Penal Juvenil para adolescentes de 14 a 18 años

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La medida, que comenzó a regir el último sábado, fue oficializada mediante el Decreto 875/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. El Ministerio de Justicia será la autoridad de aplicación a nivel nacional y federal y se crearán organismos para coordinar la implementación, el seguimiento de los adolescentes y la asistencia a las víctimas.

El Gobierno nacional reglamentó este lunes el Régimen Penal Juvenil establecido por la Ley 27.801, que contempla a adolescentes desde los 14 años hasta las cero horas del día en que cumplen 18, cuando sean imputados por un hecho considerado delito.

La reglamentación fue establecida mediante el Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial y al que accedió la Agencia Noticias Argentinas. La normativa designa al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en los ámbitos nacional y federal y establece distintos mecanismos destinados al seguimiento de los jóvenes, la asistencia a las víctimas y la articulación con las provincias.

La norma recuerda que “Por la Ley N° 27.801 se estableció el Régimen Penal Juvenil aplicable a las personas adolescentes desde 14 años de edad hasta las cero horas del día en que cumplan 18 años de edad y se fijó como finalidad del régimen fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”.

Crean un comité interministerial

Como parte de la reglamentación, se dispuso la creación, dentro del Ministerio de Justicia, del Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil, concebido como un dispositivo permanente para coordinar la intervención de distintas áreas del Gobierno en la implementación de la Ley 27.801.

El decreto establece: “Créase, en el ámbito del Ministerio de Justicia, el Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil como dispositivo permanente de articulación interministerial para la implementación de la Ley N° 27.801”.

Entre sus funciones se encuentran:

 

  • Coordinar la intervención de los ministerios enumerados en el artículo 6° del decreto cuando los temas requieran una actuación conjunta.
  • Elaborar lineamientos comunes para la prevención, el abordaje y la reinserción de los adolescentes comprendidos por el régimen.
  • Promover el intercambio de información estadística y técnica entre los ministerios que forman parte del Comité.
  • Emitir recomendaciones no vinculantes a la Autoridad de Aplicación sobre cuestiones transversales relacionadas con el régimen.
  • Articular institucionalmente la ejecución de las penas contempladas en el artículo 12 de la Ley 27.801, en aquellos aspectos administrativos y operativos que correspondan a los ministerios integrantes.

El Comité estará conformado por un representante del Ministerio de Justicia, quien tendrá a su cargo la coordinación, además de un representante del Ministerio de Seguridad Nacional, del Ministerio de Capital Humano y del Ministerio de Salud.

Una Mesa Federal con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires

El decreto también dispone la creación, dentro del Ministerio de Justicia, de la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, que funcionará como un espacio permanente de coordinación entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La Mesa tendrá entre sus objetivos armonizar criterios técnicos y procesales entre las distintas jurisdicciones, intercambiar experiencias y buenas prácticas vinculadas con la aplicación del régimen, facilitar la celebración de convenios de colaboración y cooperación previstos en el artículo 17 del Anexo I del decreto y elaborar recomendaciones no vinculantes sobre su implementación.

El organismo estará integrado por un representante de la Autoridad de Aplicación, que ejercerá la coordinación; representantes designados por cada una de las provincias y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y, eventualmente, representantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación, uno por cada organismo.

La Ley 27.801 fue sancionada el 27 de febrero, mientras que su publicación en el Boletín Oficial se concretó el 9 de marzo.

El texto legal estableció que el nuevo Régimen Penal Juvenil entraría en vigencia 180 días después de su publicación. A su vez, el decreto reglamentario establece que comenzará a regir de manera conjunta con la ley.

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