Declaran Extinción de causa contra Balochi

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El juez Jorge Novarino informo su resolución luego de la última audiencia vinculada a las causas judiciales, respecto a la investigación por delitos de administración fraudulenta, que tuvo como víctima a la Municipalidad de Sarmiento.

En la oportunidad, el magistrado declaro la extinción de la acción por prescripción, respecto al ex intendente Sebastián Balochi y el ex funcionario municipal Rubén Camarda, por los hechos calificados como incumplimiento de los deberes de funcionario público y deberes de oficio, en carácter de autor.

El mismo dictamen corresponde para el contador Daniel Miguens, la empleada municipal Estela Rúa, la ex funcionaria Graciela Nuñez y el ingeniero Carlos Almeida.

También hizo lugar parcialmente al planteo de oposición a la apertura de la investigación penal preparatoria, que formulo el defensor Marcelo Catalano, a favor del empresario Pablo Diez,. En este sentido, ordeno al Ministerio Público Fiscal, que readecue o precise, la calificación legal provisoria.

En la sala de audiencias de la Oficina Judicial se desarrollo una audiencia de apertura y ampliación de la investigación preparatoria de juicio. El acto judicial fue presidido por el magistrado Jorge Novarino. El Ministerio Publico Fiscal, estuvo representado por la fiscal Laura Castagno y la funcionaria Marisol Sandoval. También asistieron los abogados de la Defensa Publica, Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano, como asesores legales de los imputados Balochi, Camarda, y Pablo Diez. No estuvieron presentes la imputada Graciela Nuñez y el profesional Carlos Almeira. Tampoco asistió la abogada Karina Aizpitiarte, representante legal de la empleada municipal Estela Rúa.

Prescripción y sobreseimientos

El abogado Marcelo Catalano, planteo al magistrado el pedido de prescripción de la causa. En este sentido, argumento que el acto de apertura de investigación fue el 28 de abril 2018. Mientras que, los delitos habrían sido cometidos durante el año 2015.

De acuerdo al análisis del defensor, sus asistidos dejaron de cumplir funciones en el gobierno municipal, desde el 10 de diciembre del 2015. De modo que cuando se formalizaron las investigaciones preparatorias de juicio, ya no desempeñaban el rol de funcionarios públicos.

Con respecto al empresario Pablo Diez, sostuvo que no se le puede imputar la comisión del delito de administración fraudulenta contra el estado, porque es un delito que solo puede ser atribuido a funcionarios.

En este orden, destaco que Diez presento su presupuesto, junto a otras empresas. El comerciante gano la compulsa de precios y fue el estado el que decidió adquirir sus productos.

Asimismo, Oyarzun explico que la ley determina que desde el 10 de diciembre del 2017, los hechos están prescriptos. En tanto, la fiscalía requirió la apertura de investigación en mayo del 2018.

Finalmente, el juez Novarino se retiro para analizar las peticiones de las partes y esta mañana informo su resolución.

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