RIO MAYO: AUDIENCIA PRELIMINAR POR TENTATIVA DE HOMICIDIO DOBLEMENTE AGRAVADO

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El próximo lunes a las 10:00, el juez Alejandro Rosales informara su resolución respecto al pedido de elevación a juicio oral y público de la causa judicial contra  Martin Edgardo Napal (31), acusado por el Ministerio Publico Fiscal como presunto autor del delito de tentativa de homicidio doblemente agravado.  En la audiencia preliminar, los abogados defensores peticionaron el sobreseimiento  del imputado y su inmediata libertad.

 En tanto, la fiscal Andrea Vázquez requirió que Napal continúe detenido a los fines de garantizar que se presente en las audiencias de debate.      

La calificación jurídica escogida por los investigadores,  es la de presunto autor del delito tentativa de homicidio, doblemente agravado por el vinculo y por haber sido cometido con alevosía, en concurso ideal con los delitos de aborto preterintencional y hurto.

La fiscalía  sostiene que durante la madrugada del 19 de mayo del año pasado,  Napal apuñalo a  su ex pareja Yohana Teran (28). Esa mañana, la víctima descansaba en su dormitorio en compañía de sus dos pequeños hijos. Como consecuencia de la brutal agresión,  la mujer tuvo que ser  intervenida quirúrgicamente y perdió un embarazo de seis meses de gestación. Asimismo los médicos informaron que la joven quedo incapacitada para  engendrar hijos.

Durante más de cuatro horas, las partes expusieron sus peticiones y argumentos jurídicos en el marco de la audiencia preliminar de juicio, realizada ayer en la sala de audiencias de la oficina judicial.

El acto fue presidido por el magistrado Alejandro Rosales. El acusado participo mediante el sistema de video conferencia desde la oficina judicial de Comodoro Rivadavia. Napal se encuentra detenido desde el 28 de mayo del 2018 y permanece alojado en la alcaidía policial

 La fiscalía estuvo representada por la fiscal  Andrea Vázquez y la funcionaria Rita Barrionuevo. El imputado recibió el asesoramiento legal de los abogados de la defensa pública, Marcelo Catalano y Gustavo Oyarzun.

Vázquez inicio la audiencia con la lectura de la acusación publica presentada por el Ministerio Publico Fiscal. Luego detallo los treinta y ocho medios documentales y fundamento la convocatoria de los  cincuenta y cuatro testigos propuestos para el juicio.

También  mencionaron la calificación jurídica escogida  y las pautas para determinar la pena. En este sentido, la acusadora  anticipo que si el tribunal del juicio determina que  Napal es  autor penalmente responsable de los hechos descriptos, solicitara que le imponga la pena de dieciséis años de prisión.

A su turno, el representante de la defensa publica Marcelo Catalano dio lectura a la contestación de la acusación pública. El abogado de Napal, sostuvo que discrepaban con la descripción de los hechos. También  se opusieron a la acusación y solicitaron el sobreseimiento de su asistido. Asimismo manifestó que subsidiariamente ofrecerían testigos para el juicio.

En este contexto, califico de endeble la base probatoria de los acusadores respecto a la imputación por el hurto  del pen drive, la radio y el dinero que serian propiedad de la madre de la víctima.

Para los defensores, conforme a las evidencias presentadas por la parte investigadora, no es suficiente para configurar el grado de probabilidad necesaria, para sostener que Napal es el autor del hecho que se le endilga. Por último, Catalano afirmo que la pieza acusatoria carece de fundamentos de la lógica jurídica. En consecuencia, solicito el sobreseimiento y la inmediata libertad del detenido.

Con relación a las calificaciones jurídicas, consideraron que en caso de que el magistrado resuelva la elevación a juicio, la causa debe ser juzgada en orden a la calificación de lesiones graves.

PRISION PREVENTIVA 

Sobre la  discusión en relación al mantenimiento de la medida restrictiva de la libertad prisión preventiva, Vásquez aseguro que no variaron las condiciones por las cuales se dicto la prisión preventiva durante la audiencia de apertura que se realizo el 28 de mayo del año pasado.

En consecuencia, Barrionuevo requirió que Napal continúe detenido hasta la realización del juicio. También  considero que en esta etapa del proceso judicial,  se incrementaron los riesgos procesales. Asimismo  menciono las características del hecho, la pena en expectativa y la importancia del daño resarcible .

Con respecto al plazo, las acusadoras propusieron que se mantenga la medida hasta el 29 de agosto, en función de la probabilidad que la audiencia de debate se realice antes de esa fecha.

En este marco,  Oyarzun expreso que discrepaba con la reiteración de los criterios que viene utilizando las representantes del Ministerio Publico Fiscal en esta causa. En este sentido, requirió la libertad inmediata de Napal.

En otro orden, peticiono al juez la  morigeración de la medida de coerción y ofreció que el imputado  permanezca en el domicilio de uno de sus hermanos en Comodoro Rivadavia, hasta que sea convocado a la próxima instancia judicial.

Finalmente, Rosales dispuso un cuarto intermedio para analizar las peticiones de las partes. Por último, indico que el próximo lunes a las 10:00 informara su resolución.

EL CASO

El hecho que investigo la fiscalía, ocurrió  el sábado 19 de mayo del año pasado  a las 8:00, en la vivienda ubicada  en la calle Rafael De La Fuente casa n° 2, de la localidad de Rio Mayo.

 En esa ocasión,  Yohana Teran -embarazada de aproximadamente veinticinco semanas- se encontraba  durmiendo junto a su hija  de 2 años, en la cama de abajo de una cucheta. En la habitación también se encontraba  su otro hijo de 5 años.

En este marco,  los investigadores señalan  que Napal aprovecho esa situación de indefensión e intento matar a Yohana Teran.  La apuñalo por la espalada,  entre el tórax y el abdomen del lado izquierdo. Para concretar el ataque, utilizo un cuchillo de 33 centímetros de largo.

Asimismo, informaron que la victima logro despertarse  y comenzó a gritar “mamá, mamá sácame el chuchillo, sácame el cuchillo”. La  madre de Yohana llego de forma inmediata y le quito el puñal que tenía clavado en la espalda.

 Para los investigadores,  Napal se escapo por la misma ventana que abrió para ingresar a la casa de su ex novia.

Como consecuencia del brutal ataque,  la víctima fue llevada  de urgencia al Hospital Regional de Comodoro Rivadavia. Allí, los médicos le realizaron intervenciones quirúrgicas para   realizarle  una cesárea -el feto estaba sin vida-   extirparle el útero y el bazo.

 A raíz de estas operaciones, Yoahana perdió la capacidad de engendrar. Quedo hospitalizada en terapia intensiva, en grave estado y con riesgo de vida.

En otro tramo de la pieza de investigación, aseguran que Martin Napal conocía el estado de embarazo de Yohana Teran. Ella se lo había comunicado. También se supo que la pareja se había distanciado y se veían esporádicamente.

Con respecto a las características de la relación, se indico que el  acusado tenía una personalidad celotipica. También se señalo que Napal, sospechaba que la niña que esperaba la víctima, no era su hija biológica.

En este marco, los acusadores mencionaron que en los años 2016 y 2017, otras dos mujeres presentaron denuncias contra el acusado. En esos casos, las victimas manifestaron que Napal no aceptaba la finalización de esas relaciones afectivas y desobedeció órdenes judiciales de prohibición de contacto.  Asimismo, Vázquez confirmo que un informe del Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM) diagnostico al procesado como una persona de conducta transgresora.

A  todo esto, la parte acusadora agrego que el imputado sustrajo 500 pesos de una billetera, una radio y un  pen drive. Todos los elementos eran propiedad de la madre de la víctima. Los policías encontraron la radio y el pen drive  afuera de la casa, tirados en la vereda. En tanto, el dinero nunca  fue hallado.

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