Minería Chubut: “Se debe promover al desarrollo con cuidado del ambiente”

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En las últimas semanas han ido expresando posturas los distintos sectores que están a favor y en contra de la zonificación minera en Chubut, en este caso reproducimos declaraciones realizadas a un medio especializado “Huella Minera” por el abogado especialista en medio ambiente, Daniel Lago.

Desde su análisis explicó “La Ley 5001 tiene su artículo 1° terminantemente prohibitivo, pero rescato que tiene el art. 2° en el cual la Legislatura encomendaba al Consejo provincial de Medio Ambiente, elaborar una zonificación para determinar donde se puede hacer minería, esa voluntad legislativa evidencia que no estaba en el espíritu de los legisladores una prohibición absoluta”.

“Es hora que la sociedad chubutense dialogue en cómo quiere que se articule la minería en su territorio. Entender que se prohíbe la minería terminantemente en todo el territorio, me parece que va en contra del mandato de la Constitución Provincial que apunta al desarrollo minero, lo fortalece y lo promueve.

En referencia al amparo constitucional agregó, “También iría en contradicción del artículo 41 de la Constitución Nacional, en el sentido que tenemos hoy un paradigma de desarrollo con protección ambiental. El mandato de la Constitución al Congreso de la Nación en el Artículo 75 es promover el progreso, activando al desarrollo productivo con cuidado del medio ambiente”.

Consultado acerca de posibles contradicciones entre la Ley de Medio Ambiente y la  Ley 5001 estimó, “De alguna manera sí, porque la Ley de Ambiente en ningún momento suscribe a una idea de desarrollo cero, de ambiente hiper tutelado, sino refleja el desarrollo sustentable del art. 41 de la Constitución Nacional”.

Desarrollo Sustentable

Coincidiendo con uno de los términos utilizados desde la Comarca de la Meseta Central, como es “Desarrollo Sustentable, señaló “es una armónica combinación entre desarrollo y cuidado del medio ambiente. El informe del futuro común de 1987, encuentra que en aquel momento se pensaba en como compatibilizar desarrollo y cuidado ambiental, pero estaba el derecho de países a desarrollarse. En este contexto argentino, las provincias tienen el derecho a desarrollarse mediante actividades lícitas.

Refiriéndose  al término en actividades relativas al recurso natural agregó, “En la minería, en el petróleo, en industrias extractivas, está siempre el tema del agotamiento de los recursos y el cuidado del medio ambiente. Su actividad incide sobre el ecosistema. La minería es una actividad que por naturaleza tiene  zona de impactos, por ello se deben conjugar los mecanismos de control, Estudio de Impacto Ambiental, control y presencia del Estado, creencia fundada de la gente que sus Gobiernos van a ejercer el control y sanción.

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